Cannabis con fines Medicinales y Científicos

En materia de cannabis con fines medicinales y científicos, acompañamos a nuestros clientes en el proceso de licenciamiento para uso de la semilla, de cultivo y de fabricación de sus derivados.

Nuestras soluciones

  • Licencias de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo
  • Licencias de cultivo de plantas de cannabis no psicoactivo
  • Licencia de uso de semilla
  • Licencias de fabricación de derivados de cannabis
  • Auditorías al cumplimiento normativo posterior al licenciamiento
  • Actualización normativa y capacitación
  • Asesoramiento y verificación técnica del proyecto de cultivo y fabricación de derivados de cannabis
cannabis con fines medicinales y científicos

¿Cuándo se aprobó el uso de cannabis para fines medicinales y científicos y que alcance tiene?

En Colombia, mediante la Ley 1787 de 2016, el Congreso de la República aprobó el uso médico y científico del cannabis y todos sus derivados en el territorio nacional, reglamentado mediante el Decreto 613 de 2017 y algunas otras resoluciones. Sujeto al estricto cumplimiento de los requisitos y obligaciones que allí se definen se permite desarrollar el cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo, la fabricación de productos derivados de cannabis y el uso de la semilla de cannabis para siembra, con fines exclusivamente medicinales y científicos, así como las actividades asociadas de exportación, comercialización, almacenamiento, disposición final.

Para este propósito, las personas tanto naturales como jurídicas que requieran hacer uso del cannabis con fines medicinales y/o científicos, deben obtener las licencias de cultivo y fabricación correspondientes y los permisos y autorizaciones exigidos que les permita llevar a cabo cada una de las actividades relacionadas en la cadena productiva.

Los controles que se definen en la normatividad actual, sobre el cannabis medicinal y científico no está siendo vigilado por una sola entidad sino por un grupo interinstitucional, como son el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA y el Fondo Nacional de Estupefacientes – FNE, quienes verifican y autorizan que el uso al cannabis sea el adecuado y se cuente con las medidas de seguridad que eviten su desvío.

cannabis medicinal
Razón por la cual, las personas que requieran hacer parte de este control deben estar previamente informadas y posteriormente actualizadas tanto con la norma establecida como con las obligaciones que se exigen por el Gobierno Nacional.

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